1 Si un ladrón, sorprendido de noche forzando una casa, es herido mortalmente, el que lo mató no será culpado.
2 Mas si lo hace ya salido el sol, se le culpará.
3 Si alguien no tiene para devolver lo que robó será vendido él mismo para pagar. Si lo robado se encuentra vivo en su poder, sea buey, burro u oveja, debe restituir el doble.
4 Si un hombre ha causado daños en una chacra o una viña, porque dejó suelto su ganado y fue a pastar en campo ajeno, devolverá con lo mejor de su propio campo o de su propia viña.
5 Si se prende fuego a los matorrales y éste pasa a los árboles frutales o a los sembrados que están en el campo, el que prendió el fuego pagará el daño.
6 Cuando alguien confíe en depósito a su prójimo dinero u objetos, y son robados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, restituirá el doble.
7 Si no es hallado el ladrón, el dueño de la casa será presentado ante los jueces y jurará no haber echado mano de las cosas de su prójimo ni haber tenido parte en el robo.
8 Cualquier pleito en que se sospeche que uno de los dos estafó al otro, ya se haya perdido buey, burro, cordero o manta, será llevado ante Dios, y al que Dios declare culpable restituirá el doble a su prójimo.
9 Si alguien pasa a su prójimo, para que se lo guarde, un burro, buey u oveja, o cualquier otro animal, y éste muere, sufre algún daño o es robado sin que nadie lo vea,
10 el asunto se decidirá por un juramento. El que lo guardaba jurará que no tomó nada de lo de su prójimo. El dueño se dará por satisfecho y el otro no tendrá que devolver.
11 Si el animal fue robado por descuido del depositario, éste pagará el daño.
12 Si el animal ha sido destrozado por una fiera, que el depositario traiga como prueba los restos, y no habrá restitución.
13 Si uno pide a otro que le preste un animal, y éste sufre un daño o muere en ausencia de su dueño, pagará restitución.
14 Si el dueño estuvo presente, no hay restitución. Si el animal es alquilado, el dueño recibirá el alquiler.
15 El que seduce a una joven no casada y se acuesta con ella, la dotará y se casará con ella.
16 Si el padre de la niña no se la quiere dar, el otro pagará en dinero la dote que suelen recibir las esposas.
17 A los hechiceros no los dejarán con vida.
18 El que tenga relación sexual con una bestia morirá.
19 El que ofrezca sacrificios a otros dioses, fuera de Yavé, será muerto.
20 No maltratarás, ni oprimirás a los extranjeros, ya que también ustedes fueron extranjeros en tierra de Egipto.
21 No harán daño a la viuda ni al huérfano.
22 Si ustedes lo hacen, ellos clamarán a mí, y yo escucharé su clamor,
23 se despertará mi enojo y a ustedes los mataré a espada; viudas quedarán sus esposas y huérfanos sus hijos.
24 Si prestas dinero a uno de mi pueblo, al pobre, que tú conoces, no serás como el usurero, no le exigirás interés.
25 Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás al ponerse el sol,
26 porque no tiene otro vestido para cubrir su cuerpo y para acostarse; si no, ¿cómo podrá dormir? Si no se lo devuelves, él clamará a mí, y yo lo escucharé porque soy compasivo.
27 No blasfemarás contra Dios y no maldecirás al jefe de tu pueblo.
28 No tardarás en ofrecerme mi parte de tus frutos y de tu cosecha. Me darás el primogénito de tus hijos.
29 Lo mismo harás con los primeros nacidos de tus vacas y ovejas; siete días estarán con su madre, y al octavo me los ofrecerás.
30 Ustedes estarán consagrados a mí: no coman carne de animal despedazado en el campo, arrójensela a los perros.